UNIDAD EJECUTIVA
¿Que es la Unidad Ejecutiva?
Es la instancia del consejo comunal encargada de promover y articular la participación organizada de los habitantes de la comunidad, organizaciones comunitarias, los movimientos sociales y populares en los diferentes comités de trabajo; se reunirá a fin de planificar la ejecución de las decisiones de la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas, así como conocer las actividades de cada uno de los comités y de las áreas de trabajo.
¿Como esta conformada la Unidad Ejecutiva?
La Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas elige el número de voceros postulados o voceras postuladas de acuerdo a la cantidad de comités de trabajo u otras organizaciones comunitarias que existan o se conformen en la comunidad, tales como:
- Comité de salud.
- Comité de tierra urbana.
- Comité de vivienda y hábitat.
- Comité de economía comunal.
- Comité de seguridad y defensa integral.
- Comité de medios alternativos comunitarios.
- Comité de recreación y deportes.
- Comité de alimentación y defensa del consumidor.
- Comité de mesa técnica de agua.
- Comité de mesa técnica de energía y gas.
- Comité de protección social de niños, niñas y adolescentes.
- Comité comunitario de personas con discapacidad.
- Comité de educación, cultura y formación ciudadana.
- Comité de protección ambiental y áreas verdes..
¿Cuales son las Funciones de la Unidad Ejecutiva?
- Ejecutar las decisiones de la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas en el área de su competencia.
- Crear y organizar el sistema de información comunitario interno.
- Coordinar y articular todo lo referido a la organización, funcionamiento y ejecución de los planes de trabajo de los comités y su relación con la Unidad de Contraloría Social, la Unidad Administrativa y Financiera Comunitaria y las demás organizaciones sociales de la comunidad.
- Promover la creación de nuevas organizaciones con la aprobación de la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas en defensa del interés colectivo y el desarrollo integral de la comunidad.
- Organizar el voluntariado social como escuela generadora de conciencia y activadora del deber social en cada comité de trabajo.
- Promover la participación de los comités de trabajo u otras formas de organización comunitaria en la elaboración y ejecución de políticas públicas, mediante la presentación de propuestas a los órganos y entes del Poder Público.
- Coadyuvar con los órganos y entes del Poder Público en el levantamiento de información relacionada con la comunidad, conforme al ordenamiento jurídico vigente.
- Impulsar y promover la formulación de proyectos comunitarios que busquen satisfacer las necesidades, aspiraciones y potencialidades de la comunidad.
- Conocer las solicitudes y emitir las constancias de residencias de los habitantes de la comunidad, a los efectos de las actividades inherentes del consejo comunal, sin menoscabo del ordenamiento jurídico vigente.
- Las demás que establezca la presente Ley, los estatutos del consejo comunal y las que sean aprobadas por la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas.